El Gobierno instruyó al Congreso eliminar automáticamente el desorden por incapacidad permanente | Economía

El Gobierno instruyó al Congreso eliminar automáticamente el desorden por incapacidad permanente |  Economía

El Consejo de Ministros aprobó este texto de decreto que elimina automáticamente la desesperación en caso de incapacidad permanente total, absoluta o gran incapacidad. En pleno este periodo, que afronta su segunda revisión en forma de anteproyecto de ley —antes de tener que ingresar al Congreso en forma de proyecto de ley—, el Gobierno debe corregir el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores que permite el cese inmediato del contrato por estas causas. Con el nuevo proyecto, que es competencia de las empresas y modifica determinadas cláusulas del texto inicial, el trabajador interesado puede decidir entre rescindir su contrato o optar por continuar en su puesto, aunque podrá adaptarse; o por otro vacante, acorde tiene su perfil profesional. De modo que responde a estos días, un tiempo inferior al inicial que estima la primera propuesta.

“Tenemos una discriminación histórica”, celebró la vicepresidenta secundaria y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, cuyo departamento es uno de los que propuso el cambio legal. “Tenemos una enmienda para ejercer nuestros derechos, no para registrarlos”, añadió. “En España no se puede desesperar de que un solo trabajador sea declarado con incapacidad permanente. Con el cambio que hemos plantado, será el trabajador quien decida su continuidad, y al hacerlo, será el punto que se adapte a sus necesidades, y no a sus sueños”, explicó. “Hemos adaptado el estándar a las diferentes realidades de los negocios. Para que, en el caso de que no haya capacidad para los altos costos de estas transformaciones, puedas motivar tu singularidad”.

Con el nuevo marco, la persona a la que se le haya reconocido una incapacidad permanente total, absoluta o gran incapacidad permanente, tendrá la posibilidad de resolver el contrato a voluntad, opción que ahora deberá expulsar unilateralmente a la empresa. Si deseas continuar con tu trabajo, puedes solicitar una adaptación del puesto de trabajo “razonable, necesaria y adecuada”, o el cambio a otro puesto de trabajo vacante y disponible, en función de tu perfil profesional.

Para tomar la decisión, estos días se reducirá apenas un mes la plaza disponible, lo que ofrecerá una plaza mucho más ajustada para poder reincorporarse al mercado laboral. “El objetivo de esta medida es proteger de manera más efectiva el derecho a la igualdad entre los empleadores de personas con discapacidad”, reconoció el Ministerio de Trabajo. Las empresas, por su parte, han puesto a disposición tres meses de espacio para realizar las adaptaciones necesarias o cambiar de puesto de trabajo.

Desde el ministerio reconocieron que el nuevo proyecto «se unifica en tres meses sobre el espacio máximo» de adaptación, y que «el trabajador queda protegido para el reconocimiento de su incapacidad, porque puede tomar la decisión sin riesgo». Además, la incidencia es que «en el caso de que se decida no continuar, tendrá carácter retroactivo a la incapacidad permanente».

Nuevo nombre

La vicepresidenta secundaria y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha adquirido los principios de abrir un compromiso con el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) para propiciar esta modificación normativa, que para muchos trabajadores supone la «muerte del trabajo». ”, en palabras del Comité Propio. El texto inicial del anteproyecto de ley —que deberá adquirir la categoría de proyecto de ley en el Congreso, que ha sido validado por el resto de partidos políticos, lo que implica que será aprobado definitivamente en un plazo de tiempo—, se modifica con el objetivo de favorecer a los interesados, registrando lugares para su reinserción laboral.

Otros cambios se reconocen en el nuevo texto de PASA para la sustitución de la denominación “persona con discapacidad severa” por “asistencia adicional de tercera persona”; la incorporación de los Servicios de Prevención y la representación de los trabajadores del área para determinar las adaptaciones necesarias y la selección de los puestos de trabajo de acuerdo con la nueva situación; la posibilidad de que la persona trabajadora necesite formación en prevención de riesgos laborales; y la modificación del artículo 174 de la Ley General de la Seguridad Social para ampliar durante el período de esperanza, y como máximo por tres meses, la percepción de incapacidad temporal; y el establecimiento de medidas adicionales para ajustar la fecha de inicio de percepción de la prestación en caso de incapacidad permanente.

Desde el ministerio de Díaz consideran este cambio normativo “un paso fundamental para que las personas con discapacidad puedan acceder a un puesto de trabajo, incluso si reconocen la discapacidad tras su incorporación profesional”. El asimiismo crea una “nueva historia” con personas que son permanentemente incapaces.

Sigue toda la información en Economía Y Negocio fr. Facebook Y Xo en nuestro boletín semestral