Ábalos se Armora judicialmente: sólo uno puede investigar al Supremo

La Constitución reconoce en su artículo 71.3 el aforamiento de los diputados y senadores, para que el ejercicio sólo sea competente en la sala penal del Corte Suprema. De esta forma, la decisión del exministro José Luis Ábalos de mantener su peso en el ultimátum al PSOEy judicialmente ciego: en caso de que se descubran indicios de su implicación en la presunción de corrupción durante la compra de máscaras desarticuladas en el caso Koldo, Esto no podría ser una investigación de la Audiencia Nacional.